ARTÍCULOS SOBRE LA HISTORIA DE MANZANARES

9 de mayo de 2012

DON FRANCISCO TREVIÑO DE QUESADA, BENEFACTOR DE MANZANARES


LAS CRISIS DE SUBSISTENCIAS ENTRE 1734 Y 1737

Publicado el año 2007

Las malas cosechas de cereales, provocadas por condiciones climatológicas adversas o por el ataque de plagas, constituían para nuestros antepasados verdaderas calamidades colectivas contra las que estaban completamente indefensos. Incluso en años de bonanza, los rendimientos de los cultivos de secano, sin más fertilizante que basuras y excrementos animales, eran siempre bastante bajos. La falta de grano derivada de las malas cosechas consecutivas suponía, además de la ruina económica, una seria amenaza para la propia subsistencia de la población y de los animales. Las consecuencias resultaban siempre funestas ya que las hambrunas llevaban a las desesperadas gentes a promover altercados y motines, cuando no optaban por la emigración masiva, pudiendo despoblar comarcas enteras.
Al objeto de combatir los desastrosos efectos de los años de escasez, a partir del siglo XV comenzaron a establecerse en la mayoría de las ciudades y villas del reino pósitos públicos de grano. (1) Aquellas primeras instituciones de crédito agrícola estaban administradas por los Concejos, que compraban y almacenaban trigo en los años de cosechas abundantes, a fin de garantizar el abasto de pan a precio moderado y el suministro de semillas a los agricultores. Las cantidades entregadas en abril para la siembra eran devueltas por los campesinos tras la cosecha, con un pequeño incremento de un celemín por fanega. (2)
Manzanares tuvo también, al menos desde finales del siglo XVI, su propio pósito de granos, que dio nombre a una calle, incluida actualmente en la del Manifiesto, si bien no conocemos en la actualidad cuál pudo ser su localización exacta. (3)
Una de aquellas crisis agrarias que afectaban cíclicamente al agro español sobrevino en 1734. Las adversas condiciones climáticas que se venían arrastrando auguraban para aquel año una mala cosecha. Por otra parte, al llegar la primavera se había consumido prácticamente el grano de la campaña anterior y la escasez se dejaba sentir ya en distintas regiones del país. El miedo al desabastecimiento de la Corte y otras grandes ciudades hizo que la demanda de trigo se disparase, haciendo subir inmediatamente la cotización del principal alimento de los pobres. Muchos campesinos manzanareños, acuciados por las deudas o animados por los altos precios del mercado, vendieron a los traficantes forasteros todo el trigo y cebada de que disponían, incluyendo las cantidades necesarias para la sementera. Sin duda confiaban en obtener simiente de los fondos del pósito, pero aquella actitud generalizada hizo que las reservas almacenadas menguaran rápidamente.

El trigo, con cuya harina se elaboraba el pan, constituía el principal alimento de la población.


A consecuencia de la falta de lluvias, la cosecha de cereales se perdió en su totalidad. No en vano los campesinos lo bautizaron como el “año de la nanita”, por no haberse cogido nada de nada. Así pues, los agricultores no pudieron restituir al pósito las cantidades prestadas y el abasto del vecindario quedó seriamente amenazado. (4) Ante la gravedad de la situación, el alcalde mayor decidió intervenir prohibiendo totalmente el tráfico de granos, tratando de impedir que los traficantes exportaran los  cereales que todavía pudieran quedar en la villa. Sin embargo las protestas de los comerciantes forzaron la intervención del Gobernador del Consejo de Castilla quien amonestó severamente al alcalde mediante carta exhortativa que decía: (5)

Con motivo de haber llegado algunos arrieros a comprar granos a esa villa y haberseles embarazado, seme ha dado cuenta de que vuesa merced à prohibido el libre comercio deellos, en contravención delo acordado por el Consejo, que debiera tener presente, lo que prebengo a vuesa merced para que con ningun motibo embarace que libremente se trafiquen y comercien los granos de unas partes a otras, pues de lo contrario se tomara providencia que le deje condignamente corregido.

En consecuencia la especulación continuó, y fueron tantos los arrieros que sacaron trigo para las Andalucías y Extremadura que dejaron la villa de Manzanares en extrema indigencia. Las reiteradas protestas de los regidores  del concejo determinaron que las órdenes del Consejo de Castilla fueran matizadas al cabo de un mes, en el sentido de que las autoridades locales debían actuar permitiendo la saca, después de reservar el trigo necesario para el sustento del vecindario en cada pueblo y que así lo debieron vuesas mercedes ejecutar y no  exponer  a  los  vecinos  a la angustia que representan. (6)
Las aclaraciones llegaban demasiado tarde, pues ya apenas quedaba nada que proteger. Ante la imposibilidad del pósito para abastecer al vecindario, el concejo se vio obligado a solicitar a la corona que vendiera a la villa las reservas de trigo, cebada y centeno de la propia encomienda, procedentes de los diezmos que aquella percibía. (7) En esta ocasión, el rey, en nombre del infante don Felipe (Comendador titular de la villa de Manzanares) y de acuerdo con el Consejo de Castilla, accedió a la demanda de las autoridades locales, aceptando la cesión del grano almacenado en el castillo a precio de tasa, al objeto de atender preferentemente las necesidades de los dezmeros y avitadores de la encomienda; no obstante, la actuación del alcalde mayor fue injustamente censurada, pues enterado el Consejo de todo, ha extrañado el abandono con que ha procedido en este particular. (8)


Retrato del Infante Felipe de Borbón, comendador de la villa de Manzanares, hacia 1730. Obra del pintor de Bernardo Lorente y Germán. Museo de Bellas Artes de Sevilla.

La generosidad del monarca tuvo sin embargo efectos adversos del todo imprevisibles. Como el precio del trigo fue ciertamente moderado, el pan se siguió vendiendo a cinco cuartos la pieza de dos libras, bastante más barato que en los pueblos de los alrededores. (9) Ello supuso que especuladores, transeúntes y vecinos de las villas cercanas aprovechasen para comprar grandes cantidades de pan en Manzanares, haciendo que el excesivo consumo volviera a amenazar el abasto de los vecinos de la villa en los meses invernales. Tratando de limitar las ventas, los miembros del concejo acordaron entonces establecer una “calahorra”, o puesto público especial para forasteros, a un precio superior al de abasto del vecindario, amenazando con diez días de cárcel y dos mil maravedíes de multa para los individuos que comprasen pan y lo desviaran hacia los no residentes. (10)
A pesar de las medidas adoptadas, el grano disponible no alcanzó ni mucho menos hasta la campaña siguiente y el hambre se dejó sentir entre la población. Las penurias que sufrieron nuestros antecesores quedan reflejadas en el aumento de los índices de mortalidad de los años  1735 y  1736, que duplican prácticamente los de años normales. (11)

MORTALIDAD

Año
Individuos adultos
1733
73
1734
86
1735
173
1736
168
1737
93
1738
90
                                                                  
FUENTE: Libros de defunciones nº 3 y 4 del Archivo Parroquial de Nuestra
  Señora de la Asunción.

Las reducidas campañas cerealistas de 1735 y 1736 impidieron que el pósito público se recuperase completamente de las cantidades extraídas, y en situación precaria tuvo que hacer frente a las carencias derivadas de la fuerte sequía que sobrevino en 1737. Aquel año la cantidad de trigo recolectada se redujo en un porcentaje muy elevado, de modo que, en el mes de septiembre, el Concejo apenas había logrado almacenar cinco mil fanegas, cuando las necesidades de la población hasta alcanzar la próxima cosecha eran de más de nueve mil. Por otra parte, la entrada de dinero procedente de la venta de trigo para el panadeo habitual no permitía la adquisición de grandes partidas de grano forastero, cuyo precio había vuelto a subir notablemente.
Las autoridades locales, encabezadas por su Gobernador y Justicia Mayor, cargo que ocupaba entonces el licenciado D. Balthasar Quílez Ibáñez, acordaron entonces recurrir a don Francisco Treviño de Quesada, acaudalado presbítero que ostentaba el cargo de Comisario titular del Santo Oficio, quien ya había socorrido a la villa en otras situaciones de extrema necesidad con cuantiosas cantidades de dinero y grano. (12) A tal objeto, el Concejo nombró al licenciado don Cristóbal de Cuenca Manzanares y al Procurador Síndico, don Juan de Cabreros Merino, quienes se entrevistaron con don Francisco a fin de solicitarle un préstamo con el que adquirir suficiente grano forastero para garantizar el abastecimiento hasta la siguiente cosecha.
El Sr. Treviño, haciéndose cargo de la delicada situación del vecindario y la amenaza de despoblamiento de la villa, accedió, como había hecho en otras ocasiones, a atender las necesidades generales de la población con una cantidad que rondó los cien mil reales, sin más interés que la recuperación de su dinero cuando se pudiera, y sin premio de un maravedí. Ello demuestra el ejemplar altruismo y generosidad de aquel religioso, considerado padre y bienhechor de Manzanares, siempre dispuesto a utilizar desinteresadamente su fortuna para ayudar a sus convecinos. (13)
 
 
 Emblema del Santo Oficio de la Inquisición

¿Quién era Don Francisco Treviño de Quesada?
D. Francisco Treviño era hijo de don Luís Treviño y de doña  Marta de Quesada Céspedes. Pertenecía pues a una distinguida familia nobiliaria vinculada, por parte de madre, al mayorazgo de los Quesada.  El hermano de su madre, Blas de Quesada Céspedes era también Familiar del Santo Oficio de la Inquisición y estaba casado con Margarita Ladrón de Guevara. Su hermana Águeda Treviño se casó con Francisco Quesada Canuto y otro hermano, Juan Isidro Treviño de Quesada, del hábito de Calatrava, fue cura propio de la Iglesia Parroquial de Manzanares entre 1706 y 1708.
Don Francisco fue uno de los principales terratenientes de la villa; dueño, entre otras tierras, del paraje denominado Treviño, situado al oeste de la villa. Era propietario de seis casas en las calles Mata, Río, Toledo, Estación (donde residía), Trompas y San Sebastián. Poseía además un molino de aceite en la calle de la Prensa y una posada a la entrada de la villa.
Murió en Manzanares el día 30 de junio de 1759 dejando en su testamento 200 reales para decorar la capilla de Jesús Nazareno y otra suma igual para la de Nuestra Señora de Gracia, así como diversas cantidades para fundación de mayorazgos y capellanías. (14) Legó su inmensa fortuna  a sus sobrinos D. Francisco de Quesada Treviño y D. Joseph Bruno Treviño Vélez. El primero, hijo de Francisco y Águeda, sería durante muchos años regidor perpetuo de la villa.

NOTAS
1.- La ley pragmática de 15 de mayo de 1584, dada por Felipe II, fue la primera en regular el funcionamiento de los pósitos.  Entre otras cosas establecía que el dinero de las ventas de trigo debía guardarse en un arca de tres llaves y obligaba a que las cámaras de grano  tuviesen doble llave para evitar sustracciones incontroladas. Definía también la composición de la Junta Municipal responsable, en la que participaban los alcaldes o justicias, un regidor y un depositario o administrador. Se establecía además que el pósito debía tener una administración independiente de los bienes de propios, la cual había de rendir cuentas anualmente.
2.- La regulación de repartimientos para sementera, plazos de devolución e interés a abonar quedaron establecidos por la Real Provisión de 1735, dada por Felipe V.
La fanega era, físicamente, una caja de madera de capacidad definida, usada para medir volúmenes de cereales. Dependiendo de la densidad aparente del trigo, equivalía a una masa entre 41 y 44  kilos. La fanega cabía 12 celemines, es decir unos tres kilos y medio por celemín. Por consiguiente el interés del préstamo oscilaba alrededor del 8 %.
La fanega como unidad de volumen estaba íntimamente relacionada con otra fanega, en esta caso unidad de superficie, equivalente a 0,64 Ha, ya que la cantidad de grano que cabía en la primera era justamente el necesario para sembrar la segunda.
3.- La presencia de pósito en Manzanares está documentada desde finales del siglo XVI gracias a una Real Provisión del Rey Felipe III, dada en Madrid y fechada el 27 de diciembre de 1599, bastante mal conservada en el Archivo Municipal. En ella D. Diego de Paredes Birbiesca, Secretario de Cámara del Rey, comunica al Gobernador del Campo de Calatrava la decisión del Consejo de las Órdenes, autorizando al Concejo de la villa de Manzanares a elevar el precio de venta del trigo del pósito en atención a la inflación y aumento de costes de acarreo.
4.- CEBRIAN ABELLAN, Aurelio. Castilla la Nueva en la crisis del Antiguo Régimen. Murcia 1986. Páginas 27 y 28.
5.- Carta manuscrita dirigida al alcalde mayor fechada a 20 de abril de 1734. Archivo Municipal de Manzanares.
6.- Carta manuscrita fechada el 24 de mayo de 1734. Archivo Municipal de Manzanares
7.- Carta manuscrita fechada en Madrid a 29 de junio de 1734 y firmada por don Miguel Herrero de Ezpeleta. Archivo Municipal de Manzanares
En estas fechas el beneficiario de las rentas de la encomienda de Manzanares era el infante D. Felipe, hijo de Felipe V, y su administrador era don Manuel de Vivanco Angulo y Ballesteros.
8.- Carta manuscrita fechada el 24 de mayo de 1734. Archivo Municipal de Manzanares.
9.- El precio del pan era de cinco cuartos la pieza de dos libras. El cuarto era una moneda de cobre con valor de cuatro maravedíes y la libra equivalía en Castilla a 460 gramos. Un real tenía 34 maravedíes.
10.- Documento manuscrito del Archivo Municipal de Manzanares, fechado el  7 de octubre de 1734, firmado por el alcalde mayor Baltasar Quílez Ibáñez y los regidores Eugenio Caballero, Juan de León Carreño, Alfonso Ruiz Izquierdo, Juan Antonio Canuto y Juan de la Fuente.
11.- Según el Catastro de Ensenada la villa tenía en 1754 unos 1400 vecinos, es decir 5.500 habitantes.
12.- Los Comisarios del Santo Oficio eran sacerdotes que representaban a este antiguo Tribunal eclesiástico en los pueblos principales del reino. Casi todos tenían formación universitaria y eran los encargados de investigar a los denunciados por judaizantes, islamizantes, bígamos, fornicadores, hechiceros, blasfemos, ateos, etc.
13.- Documentos manuscritos fechados el 13 de septiembre y 30 de octubre de 1737. Archivo Municipal de Manzanares.
14.- Libro de Defunciones nº 5. Folios 236 y 237. Archivo Parroquial de Nuestra Señora de la Asunción.











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